Ordenanza: 423 CDM/12
Votación: Aprobado por Unanimidad
Un grupo de 15 adjudicatarios del Loteo Social IV se encuentran gestionando la construcción de sus viviendas a través del programa Cáritas Nacional con la intervención de la subsecretaría de vivienda de la nación. Este es un proyecto cuya ejecución esta a cargo de las propias familias con el apoyo de la asociación civil "Un techo para mi hermano" por un sistema constructivo denominado de "autoconstrucción asistida por esfuerzo propio y ayuda mutua".
El organismo nacional requiere poder escriturar los terrenos a nombre de sus titulares una vez finalizada la construcción de las viviendas a lo que no podían acceder dada una cláusula de los loteos sociales que estipula que para realizar la escritura deben haber cancela la totalidad de la deuda contraída por el inmueble. Mediante esta ordenanza se establece que se le brindará el certificado de libre deuda una vez que finalicen la vivienda con la condición de que en ese momento posean sus cuotas de pago al día.
Cuando evalué esta propuesta es claro que resulta al menos incorrecto brindar un libre deuda de un terreno que no necesariamente estará saldado en ese momento; es certificar que no existe deuda cuando en realidad si existe. El riesgo es que haya titulares que al completar la escritura dejen de pagar las cuotas pendientes de su terreno. Teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad social de éstas familias, y el gran esfuerzo que deben llevar adelante para construir y el largo plazo insumido, en el momento de escriturar serán pocas las cuotas pendientes a saldar lo que hace que en caso de incumplimiento la pérdida monetaria al erario público será mínima con respecto al gran beneficio de la casa propia. Con éste razonamiento es que acompañé el proyecto convencido que una de las prioridades del estado debe ser asegurar el acceso a la tierra y la vivienda en forma legal para todos.
Sesión: 13/12/2012
Ordenanza: 03 CDM/12
Votación: Aprobado por Unanimidad
Ordenanza: 03 CDM/12
Votación: Aprobado por Unanimidad
Ésta fue la última sesión del año 2012 y como último dictamen del Concejo Deliberante se emitió ésta resolución aprobando las vacaciones del intendente municipal Sr. Juan Oscar Reggioni desde el 01 de enero hasta el 20 de enero de 2013. La aprobación del descanso del Intendente debe ser aprobado por el Concejo Deliberante ya que así lo establece la Carta Orgánica Municipal.
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