El ejecutivo municipal envió al Concejo un proyecto de ordenanza para establecer los mecanismos del cobro de viviendas ya construidas, en ejecución, y los futuros planes habitacionales. Para administrar los fondos de recupero de las inversiones realizadas se pide la creación de una cuenta especial donde serán depositados los valores por la ejecución de planes de viviendas financiados por programas de orden Nacional, Provincial y Municipal, la cual será administrada por el Poder Ejecutivo Municipal. En el mismo proyecto se autoriza al poder ejecutivo al cobro de toda vivienda construida. Al día de hoy, tras 4 años y medio de gestión, las únicas viviendas finalizadas y entregadas suman 36 que fueron hechas por el sistema de cooperativas, por lo tanto son las únicas en condiciones de ser cobradas. En la sesión correspondiente al 12-07-12 éste proyecto se convirtió en la ordenanza 399 CDM/12 con el voto afirmativo de los tres concejales del FPV (Frente para la Victoria) y mi oposición al mismo; ésto se debe a mi absoluta negativa a convalidar con mi firma el cobro de viviendas sin que conste el valor de las mismas, ni el detalle de lo que se habilita a cobrar, estableciendo una autorización absoluta e irrestricta tanto para las viviendas construidas como a las futuras por construir; de ésta manera el Ejecutivo Municipal queda facultado para establecer el valor de las viviendas sin incidencia alguna de éste concejo, lo que considero una falta de transparencia y control que no acompaño de ninguna manera.
El objetivo de este BLOG es dar a conocer publicamente mi labor legislativa y la del Concejo Deliberante de General Fernández Oro, para que cada ciudadano este informado del trabajo que llevamos adelante, en particular de los proyectos presentados, las ordenanzas sancionadas y los argumentos sobre los cuales baso cada una de mis decisiones. También es un instrumento de intercambio con cada uno de ustedes que podran opinar con total y absoluta libertad sobre cada uno de los temas aquí publicados.
lunes, 23 de julio de 2012
Autorización para cobrar viviendas
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viernes, 13 de julio de 2012
Compensación de deudas Municipio de General Fernández Oro - Provincia de Río Negro
En los primeros días del mes de junio se firmó entre los ministros de economía y gobierno provinciales y el intendente municipal un convenio de compensación de deudas para el período 1998-2008 con el objeto de regularizar deudas y acreencias recíprocas. Mediante el mismo se reconoce una deuda con el Estado Provincial de $145.736,16 (pesos ciento cuarenta y cinco mil setecientos treinta y seis con dieciséis) en concepto de pagos por servicios a organismos provinciales y $ 740.518,24 (pesos setecientos cuarenta mil quinientos dieciocho con veinticuatro) en concepto de crédito PRODISM, lo que hace un total de deuda de $886.254,40 (pesos ochocientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta y cuatro con cuarenta). A su vez la provincia debe al Municipio la suma de $462.715,19 en concepto de tasas municipales de los organismos provinciales hasta el período abril 2012. De la compensación surge un saldo a favor de la Provincia de $423.539,21 (pesos cuatrocientos veintitrés mil quinientos treinta y nueve con veintiuno) que el municipio pagará en 60 cuotas (5 años) con un monto mensual de $7.068,00 (pesos siete mil sesenta y ocho) que serán descontados de la co-participación de impuestos municipales.
Por la ordenanza 398-CDM/12 procedimos a adherir y ratificar en todos sus términos éste convenio denominado "Acta Acuerdo - Artículo 5° ley 4.273" entre la municipalidad de Gral. Fernández Oro y los Ministerios de Economía y Gobierno de la Provincia de Río Negro; ésta ordenanza fue aprobada por unanimidad de los miembros del Concejo Deliberante.
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lunes, 9 de julio de 2012
2 estrellas por la vida: Carlos Abraham Alvarez y Alejandro Pañilto
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Incorporación de aportes para compra de leña y para abovedar el desagüe de calle Irigoyen
Llegada de caños para la obra en noviembre de 2011 |
El ejecutivo solicitó la incorporación al presupuesto de un aporte no reintegrable de $12.000 provenientes del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, destinado a la compra de leña para familias de escasos recursos y otro aporte de $499.885 destinado a la concreción de la obra de "entubamiento del desagüe sobre la calle Irigoyen", que de ésta manera se delega al municipio la ejecución y administración de los trabajos. Ambas partidas fueron incorporadas al presupuesto 2012 mediante la ordenanza 397 CDM/12 aprobada por unanimidad de los miembros presentes en la sesión correspondiente al día 28/06/12. De ésta manera, la obra que fue prometida en la plataforma electoral del Frente para la Victoria en el año 2007 está cerca de ser concretada, para satisfacción de los vecinos lindantes a la zona que deben convivir diariamente con los malos olores.
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Nombramiento de representantes para el Consejo Local de Educación
La resolución N° 1150 del Ministerio de Educación de la Provincia establece la formación de los consejos escolares locales y zonales con el fin de debatir una nueva ley de educación en la provincia. El Consejo Escolar Local cuenta con la participación de un representante de los padres de alumnos bajo escolaridad, y su nombramiento depende del Concejo Deliberante. Además cuentan en su conformación con un representante de los Centros de Estudiantes y uno del Gremio UnTer. Nuestra localidad está bajo la órbita de la delegación de Educación situada en la vecina localidad de Allen por lo cual el nombramiento de un representante titular y un suplente debimos realizarla en conjunto con los concejales allenses. Por consenso de ambos cuerpos legislativos han surgido como representantes de los padres:
Miembro titular: ACOSTA WALTER ARIEL - DNI 16.743.731 (Allen)
Miembro suplente: GUTIERREZ IRMA - DNI 22.012.037 (Fernández Oro)
Éste nombramiento fue aprobado por unanimidad de los miembros presentes en la sesión del 28/06/12, bajo la ordenanza 396-CDM/12.
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jueves, 5 de julio de 2012
Reducción y exhimición de impuestos a jubilados y personas con discapacidad
El Área de Acción Social municipal sugirió la revisión de una ordenanza que establece la reducción y exhimición del monto de las tasas municipales con el objetivo de que este beneficio llegue a un número mayor de personas. El parámetro para determinar los descuentos era el salario mínimo vital y móvil, que actualmente es de $2300. Luego del análisis y debate decidimos elevar éste monto en un 50% lo que llevó a $3450 el ingreso familiar como límite para el beneficio impositivo. Éstos cambios quedaron plasmados en la ordenanza 395 CDM/12 que fue votada por unanimidad en la sesión del 21 de junio y cuyos principales mandatos son:
- EXÍMASE del pago de tasas por servicios municipales a los contribuyentes de inmueble único como vivienda propia cuyo monto de ingreso familiar no supere el equivalente a la mitad de uno y medio Salario Mínimo Vital y Móvil, que se encuentren en cualquiera de las siguientes circunstancias:a) Personas, cualquiera sea su edad, que perciban beneficio de jubilación o pensión.b) Mayores de 65 años de edad que no perciban beneficio previsional.
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