Sesión: 30/10/2014
Ordenanza: 483-CDM/14
Votación: unanimidad
Votación: unanimidad
General
Fernández Oro, 30 de Octubre de 2014.-
VISTO nota presentada por el
secretario de Obras Públicas, Arquitecto Pablo Martín Mancuso, sobre el
proyecto de mensura Particular con fraccionamiento sobre la parcela con
nomenclatura catastral 03-2-B-007-09 presentada por el agrimensor Daniel
Alejandro Prieto, siendo sus propietarios Cigarra Damián Javier, y;
CONSIDERANDO que la misma se
encuentra dentro de la zona urbanizable ZTU según Nuestro Código de
Planeamiento Urbano vigente;
QUE como consecuencia de ello
ha sido presentada ante la Secretaría de Obras Públicas la Mensura particular
de fraccionamiento de la parcela citada;
QUE por la irregularidad del
terreno el proyecto presentado no cumple con algunos de los requerimientos
indicados en el Código de Planeamiento Urbano de esta localidad;
QUE por ello debe justificarse
que dos de los lotes poseen frente de 19,01 mts y 18,85 mts, por ende no
cumplen con el frente mínimo de 20 mts. exigido para las parcelas creadas en
estas zona;
QUE
cuatro lados de ambas manzanas superan los 120 Mts, máximos exigidos;
QUE
faltan 72,28 m² de superficie de reserva fiscal y 397,16 m² de superficie de
Espacio verde, por la necesidad de continuación de calles;
QUE las excepciones al Código
Urbano las establece el Honorable Concejo Deliberante mediante ordenanza;
QUE por
la excepción del proyecto presentado para las parcelas citadas, se solicita en compensación,
realizar perforaciones en el espacio verde para el riego y mantenimiento del
mismo, así como también, la instalación de una electrobomba Motoarg 4” de 1,5 HP;
para el correcto funcionamiento del sistema;
POR ELLO el Honorable Concejo Deliberante de la
localidad de General Fernández Oro sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Art.1º) AUTORÍCESE la aprobación por vía de excepción de la Mensura
Particular de Fraccionamiento de la parcela 03-2-B-007-09 de la ciudad de
General Fernández Oro; siendo su propietario Cigarra, Damián Javier. Ya que debido la
irregularidad del terreno, dos lotes que no cumplen con el frente mínimo de 20
mts, cuatro lados de ambas manzanas superan los 120 mts, así como también la
superficie destinada a Reserva Fiscal
y Espacio Verde sus medidas son menores a la exigida por el
Código de Planeamiento Urbano en vigencia.
Art.
2º) El titular Cigarra, Damián Javier, por la excepción brindada deberá realizar
una perforación en el espacio verde para el riego y mantenimiento del mismo, así
como también, la instalación de una electrobomba Motoarg 4” de 1,5 HP, para su
correcto funcionamiento.
Art.3º) La presente
Ordenanza es aprobada por unanimidad y será refrendada por la totalidad del
cuerpo Legislativo.
Art.4º) Regístrese en el
Digesto Municipal bajo la categoría Desarrollo Urbano/Excepciones, publíquese,
comuníquese a quien corresponda cumplido archívese.
ORDENANZA Nº 483 -CDM/14
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