Sesión: 17/10/2014
Ordenanza: 481-CDM/14
Votación: unanimidad
Adriana Romero - Directora del CET N° 27 |
En la ordenanza 393 de año 2012 el Concejo Deliberante cedió al Consejo Provincial de Educación el terreno ubicado entre las calles Mitre y Primeros Pobladores para la construcción del edificio donde funcionará el Centro de Educación Técnica N° 27; la misma establecía 1 (un) año para el inicio de las obras, el cual no fue cumplido. A raíz de ello se extendió el plazo a dos años a partir de octubre de 2014 para que la provincia proceda al inicio de su construcción, que a la fecha (06/02/2014) no ha ocurrido. La construcción de este edificio es urgente y primordial para el funcionamiento de este establecimiento que actualmente cuenta con precarias instalaciones, aulas prestadas, taller prestado, diseminados en distintos puntos geográficos y que no son adecuados para la cantidad de alumnos que concurrirán en el ciclo lectivo 2015.
General
Fernández Oro, 17 de Octubre de 2014.-
VISTO nota
presentada por el Poder Ejecutivo de
solicitud de prórroga por 2 años de la ordenanza Nº 393/12 a favor del
Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Rio Negro ; y,
CONSIDERANDO que Art. 4º) Establece un plazo de un (1) año a partir de la fecha de
promulgación, del presente instrumento para dar cumplimiento con los objetivos
enunciados, lapso en el que de no cumplimentarse automáticamente se revocará la
cesión que por esta norma se efectúa.
QUE el Municipio cedió dos parcelas que se estiman son
adecuadas para construir un Colegio Técnico Secundario con edificaciones que
serán tomados en compensación para la construcción de un Polideportivo
Municipal en el ejido de la localidad;
POR ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de
General Fernández Oro, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Art.1º)
MODIFÍQUESE artículo Nº 4 de la
ordenanza Nº 393 CDM/12, estableciendo
la renovación de plazo de inicio de obra de dos (2) año a partir de la fecha de
promulgación del presente instrumento para dar cumplimiento con los objetivos
enunciados, lapso en el que de no cumplimentarse automáticamente se revocará la
cesión que por esta norma se efectúa.
Art. 2º)
ESTABLECESE el acuerdo marco entre
las partes a favor del Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la
Provincia de Rio Negro y el Municipio de General Fernández Oro. La cesión de
las tierras para el colegio técnico secundario y en compensación por obras
existentes se realizará la construcción de un Polideportivo Municipal.
Art.3º) La presente Ordenanza es aprobada por unanimidad y
será refrendada por la totalidad de los miembros que integran el cuerpo
legislativo.
Art.4º) Regístrese, en el digesto municipal bajo la categoría
comuníquese a quien corresponda, cumplido archívese.
ORDENANZA Nº 481 CDM/14
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