miércoles, 12 de junio de 2013

Venta de un terreno municipal al Pastor Fabio Huenchunao en forma irregular y por una ordenanza nula

Sesión: 30/05/2013
Ordenanza: 441-CDM/13
Votación
Pedro Cid y Walter Soto: Afirmativo, Dina Migani: Abstención, Mariano Lavin: Negativo


En ocasión de una nueva sesión ordinaria fue aprobado un proyecto de venta de un terreno fiscal a la
Iglesia “Hay Vida en Jesús” dirigida por el pastor Fabio Huenchunao. Este pedido fue en primera instancia gestionado a favor de la Asociación “Brisas de Vida”, perteneciente a la Iglesia,  y se le solicitó que presentara el registro en Personas Jurídicas y el certificado de Validez de sus autoridades. Nada de esta documentación fue presentada, hasta que finalmente cambiaron el pedido a favor de la Iglesia “Hay vida en Jesus” y no de la asociación como había sido originalmente. En esta nueva situación el requerimiento fue el mismo, que presente la documentación que avala legalmente el funcionamiento de la iglesia, como su inscripción al registro de cultos. Nada de esto fue presentado y en cambio se llegó a presentar una certificación que poseía vencimiento en 2005 y otros certificados sin validez legal, donde queda demostrado la intención del Presidente del Concejo Pedro Cid y el Concejal Walter Soto de aprobar este proyecto de cualquier manera. Existe además un antecedente de venta de un terreno al mismo pastor en el año 2006 para la realización de un centro comunitario con un plazo de un año para iniciar las obras, cuestión que nunca se llevó a cabo hasta la actualidad sin ejecutarse la devolución al patrimonio municipal por incumplimiento como debe haber sido según la ordenanza.

El proyecto fue llevado a la sesión  donde La Concejal Dina Migani (FPV) dejó en claro, en base a sus propias averiguaciones, que el Sr. Huenchunao no tiene su asociación en regla, que está acéfala, y expresó en duros términos que con este proyecto “estamos estafando al pueblo de Fernández Oro” y “que al pastor no le interesa regularizar la situación de su asociación. Me da toda la idea que este terreno va a aumentar la riqueza personal del Pastor Fabio” según consta en las actas de la sesión.  En primera instancia su voto fue de rechazo al proyecto, pero luego se corrigió y decidió abstenerse de la votación.
Mi voto fue categóricamente de rechazo a la venta de un terreno a una asociación que no presentó la documentación legal que se debe exigir a cualquier asociación que reciba un beneficio municipal. Los bienes comunales le pertenecen a todos los vecinos de Fernández Oro y es nuestro deber como concejales resguardar este patrimonio, siendo el mínimo requisito que tengan toda la documentación en regla, además del bien comunitario que realicen.

La ordenanza no debió ser sancionada porque que no cuenta con la aprobación de los dos tercios (2/3) de los integrantes del Concejo Deliberante ya que recibió la aprobación de sólo 2 (dos) miembros de los 4 (cuatro) integrantes lo que es condición ineludible para la enajenación de los bienes registrables del municipio según lo establece nuestra carta orgánica en el artículo N° 64 inciso g): Autorizar, con el voto de las dos terceras (2/3) partes de sus integrantes, la enajenación o el establecimiento de gravámenes, restricciones al dominio o servidumbres sobre los bienes registrables del municipio; así como desafectar del uso público comunitario los bienes que estime convenientes para el mejor cumplimiento de las funciones del gobierno. Declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación, con el voto de los dos tercios (2/3) de sus miembros los bienes necesarios para el logro de sus fines y objetivos.”

Es evidente la nulidad porque se contrapone con nuestra carta orgánica, pero las irregularidades no terminan aquí ya que la ordenanza autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a efectuar la venta al Sr. Fabio Huenchunao a pesar de que éstos terrenos son destinados a Instituciones y Asociaciones de bien
comunitario y no a personas físicas en particular. Otro punto es que en un procedimiento de venta el valor del inmueble es un dato de fundamental relevancia, pero su precio no está fijado en ningún artículo, ni establece quién lo determina, cuales son la cantidad de cuotas y ninguna condición económica sobre la operación. 

Lo único claro en este accionar es el incumplimiento tanto de las ordenanzas como de la carta orgánica por parte del concejal Walter Soto y el presidente del Concejo Pedro Cid, ambos del Frente para la Victoria, quienes aprobaron el proyecto a pesar de las claras irregularidades que quedaron de manifiesto en los trabajos de comisión. Como consecuencia de ésta aprobación y como muestra de la claridad de las irregularidades, la Concejal del Oficialismo Dina Migani (FPV) presentó un pedido de licencia por 6 meses aduciendo razones personales, pero reconociendo que el desencadenante fue el tratamiento que tuvo este proyecto, y expresando que debe analizar su futuro en el Concejo de la cual es Vicepresidente.

Las leyes son justas cuando son aplicadas para todos de igual manera, los responsables de éste trato preferencial deberían explicar a la sociedad cuales son sus razones, para disipar esta sensación de favoritismo como pago a la militancia o alineamiento político.

Lamentablemente este tipo de manejos son cada vez más frecuentes, recurriendo a excepciones a la legislación para beneficio de unos sobre otros, premiando a quienes incumplen las ordenanzas y por consiguiente perjudicando a quienes si cumplen.

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