Ordenanza: 480 CDM/14
Votación: Aprobada por Mayoria (mi voto fue de rechazo al proyecto)

General
Fernández Oro, 14 de Agosto de 2014.-
VISTO
la nota presentada con fecha
30 de Julio del corriente año por el Sr. Orlando Corbalan, Jefe de Inspectoría
General Bromatología y Transito de nuestra ciudad solicitando incrementar el
cupo de licencia de taxis y;
CONSIDERANDO
que el artículo 1º de la
ordenanza Nº 394 CDM/12 establece la cantidad de treinta y cuatro (34) cupos para taxis o radio taxis y una
unidad con capacidades para el traslado de discapacitados con sus accesorios de
movilidad u otra cargas de hasta 80 Kg. como máximo;
QUE el constante crecimiento de nuestra población
y la demanda que requiere por nuestros vecinos es constante, habiendo hecho un
previo análisis de la situación;
QUE es necesario actualizar y unificar la
legislación vigente, para lograr el correcto cumplimiento de las normas
establecida pare le rubro “TAXIS”;
POR
ELLO el Honorable Concejo
Deliberante de la Localidad de Gral. Fernández Oro, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Art.1º) MODIFÍQUESE el
articulo Nº 1 de la Ordenanza Nº 394 CDM/12, que quedara redactado de la
siguiente manera “se establece la cantidad de treinta y nueve (39) cupos para taxis o radio taxis y una
unidad con capacidades para el traslado de discapacitados con sus accesorios de
movilidad u otra cargas de hasta 80 Kg. como máximo.
Art.2º) La presente Ordenanza es aprobada por los dos tercios (2/3) y será refrendada por la totalidad del cuerpo legislativo.
Art.3º) Regístrese, en el digesto Municipal bajo la categoría
Desarrollo Urbano / Nombres, comuníquese a quien corresponda, cumplido
archívese.
ORDENANZA Nº 480 CDM/14
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