Ordenanza: 408 CDM/12
Votación: Aprobado por unanimidad
Ingresó un pedido del poder ejecutivo destinado a incorporar a ZTU (zona de transición urbana) la parcela 03-2-E-002-03 que es propiedad del Sr. Enrique Luengo ya que se encontraba zoonificada como ZR (zona rural) lo cual imposibilitaba su fraccionamiento. En el año 2010 se realizó una incorporación similar de una parcela lindante a la de Luengo y se convino en tomar como límite sur de la urbanización al canal de "La Criollita". El lote en cuestión estaba antes del mencionado canal y es el único lote que quedó como rural en esas condiciones. Claramente se trata de un error u omisión al aprobarse la re-estructuración del código de planeamiento urbano mediante la ordenanza N° 245-CDM/08. Teniendo en cuenta ésto, y que ésta chacra no se encuentra en producción se accedió al pedido de los propietarios y por unanimidad la incorporamos a ZTU.
No hay comentarios:
Publicar un comentario