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martes, 13 de agosto de 2013

Pedido al Intendente para que vete la ordenanza 443-CDM/13 - Venta de un terreno municipal a Brisas de Vida del Pastor Fabio Huenchunao

Éste pedido no fue respondido hasta la fecha por el Intendente Juan Reggioni. De todos modos la ordenanza fue promulgada y publicada en el boletín oficial lo que certifica que el intendente no hizo lugar a mi pedido ni tuvo la gentileza de contestar mi nota como ocurre habitualmente ante cada pedido de informes que hago al poder ejecutivo municipal.



Nota 041/13
General Fernández Oro, 03 de julio de 2013

Sr. Juan Oscar Reggioni
Intendente Municipal
General Fernández Oro

De mi mayor consideración:
Me dirijo a usted para solicitar que proceda al veto, según lo faculta el artículo N° 69 de la Carta Orgánica Municipal, de la ordenanza 443 CDM/13 que fuera sancionada el pasado jueves 27 de Junio en el Honorable Concejo Deliberante.
La mencionada ordenanza autoriza a la venta del terreno de denominación catastral 03-2-B-265-01 a favor de la asociación civil “Brisas de Vida” mencionando como inscripción en personas jurídicas con el N° 29298, documentación que no obra en éste concejo deliberante así como tampoco el certificado de vigencia de las autoridades, lo cual representa una grave irregularidad, no siendo demostrada su legalidad para acceder a este terreno del patrimonio municipal.
Considero que debe ser condición ineludible en esta operación y en todas las que realice este municipio la legalidad y transparencia en los actos donde se enajenan bienes pertenecientes a todos los Orenses y que es nuestra responsabilidad el cuidado de éste patrimonio.
Sin otro motivo, agradeciendo su atención, la saludo cordialmente

Derogación de la venta de terreno municipal a la Asociación civil "Brisas de Vida" y vuelto a vender en la misma ordenanza.

Sesión: 27/06/2013
Ordenanza: 443-CDM/13
Votación: por Mayoría


Finalmente luego de agotar las instancias administrativas que tenia a mi alcance para evitar la venta de un terreno municipal a la Asociación Civil Brisas de Vida del pastor Fabio Huenchunao , fue aprobado mi pedido de derogación de la ordenanza 441-CDM/13. Mi solicitud radicó en la clara nulidad que presentaba esa ordenanza no contando con la aprobación de los dos tercios (2/3) de los integrantes del Concejo Deliberante como exige la carta orgánica municipal. Esta no era la única irregularidad de la venta ya que el pastor Fabio Huenchunao no presentó la documentación que respalda la regularidad ante la ley de la asociación “Brisas de Vida” en primer término, ni de la iglesia “Hay vida en Jesus” a posterior. Finalmente la ordenanza establecía la venta directamente a favor del Pastor Fabio Huenchunao, sumando una nueva falta a la legislación ya que éstos terrenos deben ser destinados a instituciones o asociaciones comunitarias y no a personas físicas como se hizo en este caso y además no constaba el precio, forma de pago ni el órgano municipal que lo dictamine. 
Hasta aquí parecían buenas noticias, los concejales oficialistas (FPV) daban marcha atrás con la ilegal ordenanza, hasta que llegaron las verdaderas intenciones; en una bochornosa y vil maniobra procedieron en la misma sesión a derogar la ordenanza 441 y a votar nuevamente la venta del terreno, volviendo todo a sus orígenes, pero aprovechando inescrupulosamente la licencia de la Concejal Dina Migani (que se había expresado en contra del proyecto y se abstuvo en la votación anterior) para lograr los 3 votos necesarios para sancionar nuevamente la ordenanza. De ésta manera la Concejal Alicia Sendón, que transitoriamente esta reemplazando a Dina Migani, votó a favor de la venta, cuando hace exactamente un mes y con la misma documentación que en ese momento, la titular de la banca se había pronunciado en contra y abstuvo su voto. 
De ésta manera quedo aprobada la venta de terreno a la asociación que conduce el pastor Fabio Huenchunao la cual no se encuentra en regla con su documentación legal como quedó demostrado en el tratamiento del Concejo Deliberante. Lamentable pero real.
Lo único que rescato del caso es que gracias a mi accionar, en la nueva ordenanza se introdujeron dos modificaciones importantes: la venta a favor de Brisas de vida y no a título personal al pastor Fabio como era originalmente; y que fue incorporado un artículo que establece un valor de $80.000 para la venta pagadero en 20 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Después de lo sucedido me queda la sensación que los beneficios extraordinarios que algunas personas reciben del oficialismo municipal se deben al pago de la militancia y la pertenencia política de los aliados, y como herramienta de castigo y persecución para aquellos que no son "intimos amigos" y osan pensar o decir algo que no concuerde perfectamente con el discurso oficialista. Lo lamentable es que este tipo de políticas se llevan a cabo con los bienes públicos, los favores deberían pagarlos de sus bolsillos.

jueves, 13 de junio de 2013

Comunicados de Prensa sobre mis acciones ante la venta irregular de un terreno municipal al Sr. Fabio Huenchunao

COMUNICADO DE PRENSA BLOQUE UCR
VENTA DE TERRENO GENERA DIFERENCIAS EN EL OFICIALISMO

FERNANDEZ ORO - La venta irregular de un terreno fiscal, genero el pedido de licencia de la Concejal del Oficialismo Dina Migani (FPV).
  
El jueves 30 de mayo en sesión del Honorable Concejo Deliberante de Fernández Oro fue aprobado un proyecto de venta de un terreno fiscal a la Iglesia “Hay Vida en Jesús” dirigida por el Pastor Fabio Huenchunao. Este pedido fue en primera instancia gestionado a favor de la Asociación “Brisas de Vida”, perteneciente a la Iglesia,  y se le solicitó presentara el registro en Personas Jurídicas y el certificado de Validez de sus autoridades. Nada de esta documentación fue presentada, hasta que finalmente cambiaron el pedido a favor de la Iglesia “Hay vida en Jesús”. En esta nueva situación la exigencia fue la misma, que presente la documentación que avala legalmente el funcionamiento de la iglesia, como su inscripción al registro de cultos. Nada de esto fue demostrado y en cambio se presento una certificación con vencimiento en 2005 y otros certificados sin validez legal, de esta manera queda demostrada la intención del Presidente del Concejo Pedro Cid y el Concejal Walter Soto de aprobar este proyecto de cualquier manera. Existe además un antecedente de venta de un terreno al mismo pastor en el año 2006 para la realización

Pedido de nulidad de la ordenanza 441 CDM/13 de la venta irregular de un terreno municipal


Nota 035/13
General Fernández Oro, 07 de junio de 2013
Sr. Pedro Cid
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
General Fernández Oro

De mi mayor consideración:
Me dirijo a usted para solicitar la nulidad o derogación, según el estado administrativo en que se encuentre, de la ordenanza 441 CDM/13 por la cual se autorizó la venta de un terreno del dominio municipal a favor del Sr. Fabio Huenchunao DNI 24.125.303 sancionada el día 30 de mayo de 2013.
Mi solicitud radica en la clara nulidad que presenta ésta ordenanza no contando con la aprobación de los dos tercios (2/3) de los integrantes del Concejo Deliberante ya que recibió la aprobación de sólo 2 (dos) miembros de los 4 (cuatro) integrantes lo que es condición ineludible para la enajenación de los bienes registrables del municipio según lo establece nuestra carta orgánica en el artículo N° 64 inciso g): Autorizar, con el voto de las dos terceras (2/3) partes de sus integrantes, la enajenación o el establecimiento de gravámenes, restricciones al dominio o servidumbres sobre los bienes registrables del municipio; así como desafectar del uso público comunitario los bienes que estime convenientes para el mejor cumplimiento de las funciones del gobierno. Declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación, con el voto de los dos tercios (2/3) de sus miembros los bienes necesarios para el logro de sus fines y objetivos.”
Es evidente la nulidad porque se contrapone con nuestra carta orgánica, pero no es la única irregularidad de ésta venta ya que el pastor Fabio Huenchunao no presentó la documentación que respalde la regularidad ante la ley de la asociación “Brisas de Vida” en primer término, ni de la iglesia “Hay vida en Jesus” a posterior. Finalmente la ordenanza establece la venta directamente a favor del Pastor Fabio Huenchunao, sumando una nueva falta a la legislación ya que éstos terrenos deben ser destinados a instituciones o asociaciones comunitarias y no a personas físicas como se hizo en este caso.
A fin de evitar problemas legales que puedan recaer contra el municipio por ésta operación solicito se trate esta petición con la mayor urgencia posible.
Sin otro particular saludos a usted atentamente.



Mariano Lavin
Concejal  Titular
Bloque Concertación para el Desarrollo  - UCR

miércoles, 12 de junio de 2013

Venta de un terreno municipal al Pastor Fabio Huenchunao en forma irregular y por una ordenanza nula

Sesión: 30/05/2013
Ordenanza: 441-CDM/13
Votación
Pedro Cid y Walter Soto: Afirmativo, Dina Migani: Abstención, Mariano Lavin: Negativo


En ocasión de una nueva sesión ordinaria fue aprobado un proyecto de venta de un terreno fiscal a la
Iglesia “Hay Vida en Jesús” dirigida por el pastor Fabio Huenchunao. Este pedido fue en primera instancia gestionado a favor de la Asociación “Brisas de Vida”, perteneciente a la Iglesia,  y se le solicitó que presentara el registro en Personas Jurídicas y el certificado de Validez de sus autoridades. Nada de esta documentación fue presentada, hasta que finalmente cambiaron el pedido a favor de la Iglesia “Hay vida en Jesus” y no de la asociación como había sido originalmente. En esta nueva situación el requerimiento fue el mismo, que presente la documentación que avala legalmente el funcionamiento de la iglesia, como su inscripción al registro de cultos. Nada de esto fue presentado y en cambio se llegó a presentar una certificación que poseía vencimiento en 2005 y otros certificados sin validez legal, donde queda demostrado la intención del Presidente del Concejo Pedro Cid y el Concejal Walter Soto de aprobar este proyecto de cualquier manera. Existe además un antecedente de venta de un terreno al mismo pastor en el año 2006 para la realización de un centro comunitario con un plazo de un año para iniciar las obras, cuestión que nunca se llevó a cabo hasta la actualidad sin ejecutarse la devolución al patrimonio municipal por incumplimiento como debe haber sido según la ordenanza.

El proyecto fue llevado a la sesión  donde La Concejal Dina Migani (FPV) dejó en claro, en base a sus propias averiguaciones, que el Sr. Huenchunao no tiene su asociación en regla, que está acéfala, y expresó en duros términos que con este proyecto “estamos estafando al pueblo de Fernández Oro” y “que al pastor no le interesa regularizar la situación de su asociación. Me da toda la idea que este terreno va a aumentar la riqueza personal del Pastor Fabio” según consta en las actas de la sesión.  En primera instancia su voto fue de rechazo al proyecto, pero luego se corrigió y decidió abstenerse de la votación.
Mi voto fue categóricamente de rechazo a la venta de un terreno a una asociación que no presentó la documentación legal que se debe exigir a cualquier asociación que reciba un beneficio municipal. Los bienes comunales le pertenecen a todos los vecinos de Fernández Oro y es nuestro deber como concejales resguardar este patrimonio, siendo el mínimo requisito que tengan toda la documentación en regla, además del bien comunitario que realicen.

La ordenanza no debió ser sancionada porque que no cuenta con la aprobación de los dos tercios (2/3) de los integrantes del Concejo Deliberante ya que recibió la aprobación de sólo 2 (dos) miembros de los 4 (cuatro) integrantes lo que es condición ineludible para la enajenación de los bienes registrables del municipio según lo establece nuestra carta orgánica en el artículo N° 64 inciso g): Autorizar, con el voto de las dos terceras (2/3) partes de sus integrantes, la enajenación o el establecimiento de gravámenes, restricciones al dominio o servidumbres sobre los bienes registrables del municipio; así como desafectar del uso público comunitario los bienes que estime convenientes para el mejor cumplimiento de las funciones del gobierno. Declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación, con el voto de los dos tercios (2/3) de sus miembros los bienes necesarios para el logro de sus fines y objetivos.”

Es evidente la nulidad porque se contrapone con nuestra carta orgánica, pero las irregularidades no terminan aquí ya que la ordenanza autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a efectuar la venta al Sr. Fabio Huenchunao a pesar de que éstos terrenos son destinados a Instituciones y Asociaciones de bien